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Monotributo: la AFIP depurará el padrón de pequeños contribuyentes

Con los dos vencimientos que comenzarán a regir la semana que viene, el organismo de recaudación tendrá elementos para "borrar" de la lista a los que sobrepasen los límites y a los que se oculten en el régimen simplificado para evadir impuestos

El consumo es un factor con el que el fisco depura, generalmente, el padrón del Monotributo. La recategorización cuatrimestral, en consecuencia, permite cruzar datos para saber si hay o no inconsistencias entre lo que declara el contribuyente y los informes que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha recabado en el período. 

En los próximos días vencen dos obligaciones que le permitirán a la AFIP contar con elementos claves para evaluar, dimensionar su política fiscal y luchar contra el "enanismo" fiscal y proceder a profundizar la depuración del padrón fiscal. 

Las autoridades creen que muchos contribuyentes se ocultan en el Monotributo "para evadir ypagar menos impuestos", sostiene Agustín Zeppa, coordinador de la comisión de impuestos del Colegio de Graduados en Ciencias Económicas de Tucumán.

Según la resolución general 2746, a la finalización de cada cuatrimestre calendario, el pequeño contribuyente deberá calcular los ingresos acumulados y la energía eléctrica consumida en los 12 meses inmediatos anteriores, así como la superficie afectada a la actividad en ese momento.

Cuando eso parámetros superen o sean inferiores a los límites de su categoría actual deberá recategorizarse en la categoría que le corresponda, con la consiguiente suba en el monto del impuesto mensual a pagar. 

Según el también miembro de la comisión de impuestos de la Federación Económica de Tucumán (FET), una de las cuestiones que muchas veces es olvidada pero que, con el incremento inflacionario es un factor importante al momento de evaluar la categoría, es elvalor de los alquileres. 

La recategorización (sólo obligatoria para aquellos que hayan manifestado cambios en los parámetros) debe realizarse, hasta el miércoles, con clave fiscal, a través de la página web de la AFIP (www.afip.gob.ar), accediendo al servicio "Sistema Registral", opción "Registro Tributario", "Monotributo" y seleccionando la opción "Recategorización".

Según explicó Zeppa al portal del diario La Gaceta de Tucumán, el vencimiento de la declaración jurada informativa operará del 25 al 29 de enero inclusive (teniendo en cuenta la terminación del CUIT del contribuyente). 

 

Corresponde al tercer cuatrimestre de 2015 para los monotributistas que se hallen encuadrados en las categorías "F" o superior, y para aquellos que revistan la calidad de empleadores (independientemente de la categoría en la que se encuentren inscriptos).
 
A los efectos de dar cumplimiento al régimen de información, los monotributistas obligados deberán ingresar con CUIT y Clave Fiscal al servicio "Sistema Registral", opción "Declaración de Monotributo Informativa", sugiere el experto.-

Fuente de la Información: www.iprofesional.com

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