La AFIP comenzó a devolverle este mes a los contribuyentes el recargo cobrado al dólar ahorro y turista
Se trata del 20% y el 35% que se les retuvo a los contribuyentes durante el cepo. Para montos altos, el fisco reembolsará en tres cuotas
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) comenzará este lunes a devolver los recargos por comprar dólar ahorro y turista.
Se trata del adicional del 20% aplicado por el fisco en la modalidad "ahorro" y del 35% a los que adquirían divisas para viajes o realizaban compras en otros países.
Este beneficio será para todos los ahorristas, turistas o sencillamente consumidores no alcanzados, que no tributan ni impuesto a las Ganancias ni Bienes Personales.
El contribuyente sería citado a la agencia de la AFIP. De acuerdo al domicilio fiscal que le corresponda, se lo citaría para comunicarle lo adeudado porque el sistema no permitiría compensar parcial o totalmente el pasivo.
En el organismo recaudador estiman que unas 100.000 personas reclamaron la devoluciónde lo retenido durante la vigencia del cepo y dentro de los próximos 30 días recibirán en sus cuentas bancarias el dinero que les corresponde, si es que se adeudan percepciones de 2012, 2013 o 2014.
La marcada demora en esos casos para recibir lo retenido se dio por un lado porque el organismo recaudador nunca depositó lo correspondiente mientras que, por otro, se debió a que algunas personas presentaron la documentación fuera de la fecha estipulada.
Los reclamos de bajo monto. Se devolverían en una sola cuota y para los casos de cifras más altas, sería en 2 o 3 cuotas: son unos $10.000 promedio por contribuyente y un esfuerzo fiscal de $1.500 millones, según calculó el propio jefe del fisco, Alberto Abad, en una conferencia de prensa la semana pasada.
Lo retenido durante 2015. Se devolvería recién en la segunda mitad de este año porque las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales vencen en junio próximo, al tiempo que reclamos del año pasado podrían superar los $500 millones.
Quienes no hicieron el reclamo. Pueden concretarlo a través de la página web de la AFIP donde consta el "Procedimiento para la devolución de percepciones por operaciones en moneda extranjera" (Formulario 746/A).
Aquellos que pagan Ganancias o Bienes Personales. Cobrarán lo correspondiente a partir de febrero, por lo cual se dará una situación asimétrica con quienes tengan menores salarios, ya que deberán esperar, al menos cuatro meses más, para recibir el depósito en sus cuentas bancarias.
Los que hicieron el reclamo. Deben verificar haber ingresado en el sistema o web de la AFIP la CBU para que la AFIP pueda transferir todo el dinero retenido en los últimos cuatro años en
la cuenta bancaria.
Si se tiene una deuda con la AFIP. Aquellos, que mantengan deudas por ejemplo por cuotas del Monotributo u otras, debe previamente cancelar esa obligación para que la AFIP pueda acreditar lo retenido.-
Fuente de la Información: www.iprofesional.com